El 17 de junio de 2025, entra en vigor la tan esperada reforma laboral conocida como “Ley Silla”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2024. Esta modificación legal marca un parteaguas en materia de salud y condiciones de trabajo en México, y se enmarca dentro de los esfuerzos por garantizar espacios laborales más dignos, alineados con estándares internacionales.
La nueva obligación patronal establece que los empleadores deben proporcionar asientos o sillas con respaldo tanto para la realización de funciones laborales como para el descanso periódico durante la jornada. Esto aplica principalmente a sectores de servicios, comercio y centros de trabajo con funciones compatibles con esta medida, y únicamente puede limitarse por razones de seguridad. Esto significa que, salvo casos excepcionales debidamente justificados, ninguna persona trabajadora debe permanecer de pie durante toda su jornada.
Además, la norma invita a actualizar los Reglamentos Interiores de Trabajo para incluir las disposiciones relacionadas con los periodos de descanso y el uso de asientos. Esto no solo es un requisito legal, sino también una buena práctica para prevenir conflictos y reforzar la cultura de cumplimiento dentro de las organizaciones.
De cara a esta nueva disposición, la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) ha anunciado un importante aumento en las inspecciones laborales para 2025. Se prevé que se realicen más de 43,000 visitas de verificación en el país, incluyendo acciones específicas para supervisar el cumplimiento de la “Ley Silla”. El uso de herramientas digitales como el Sistema de Inspección Digital (SIDIL) y el Sistema de Quejas y Accidentes Laborales (SIQAL) permite a la autoridad identificar de forma estratégica a los centros de trabajo con mayor riesgo de incumplimiento. Esta fiscalización digital, combinada con denuncias directas, amplía la capacidad de vigilancia e intervención de la autoridad.
Frente a este escenario, es esencial que las empresas adopten acciones concretas y oportunas. Recomendamos realizar un diagnóstico de puestos de trabajo para identificar funciones que deben adaptarse, adquirir mobiliario ergonómico adecuado y capacitar al personal en los nuevos derechos y obligaciones. Asimismo, sugerimos reformar el Reglamento Interior de Trabajo y conservar evidencia documental de las medidas implementadas, lo cual será de suma importancia ante una eventual inspección.
Por último, conviene recordar que el incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en multas de 250 a 2500 veces la unidad de medida y actualización (de $28,285.00 a $282,850.00 M.N.), y en caso de reincidencia se podrá sancionar hasta con la suspensión temporal de las labores en el centro de trabajo. Como siempre, nuestro equipo está disponible para brindar asesoría jurídica en la correcta implementación de esta reforma. Les invitamos a tomar acción de forma anticipada y a posicionarse como empleadores responsables ante este nuevo estándar laboral.