Informe de Leyes y Reglamentos de Migración Corporativa 2023, México

Nota publicada el 23 de junio en ICLG, sección Practice Areas / Corporate Immigration / Mexico [Áreas de Práctica / Migración Corporativa / México] por Edgar Mayorga Compean
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1. Introducción

1.1 ¿Cuáles son las principales fuentes de derecho migratorio en su jurisdicción?

El sistema legal de México se basa en el derecho civil. La Ley de Migración mexicana (Ley) es de naturaleza federal y aplica en todo el país en las entidades que operan dentro de él. Establece los derechos y obligaciones de los extranjeros y los diversos niveles de normas migratorias que permiten a los extranjeros el ingreso a México con los fines descritos en las respectivas condiciones de migración.

La Ley se hace cumplir mediante los Reglamentos de la Ley de Migración, los Lineamientos para Trámites y Procedimientos Migratorios, los Lineamientos Generales para la Expedición de Visas Mexicanas por la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Ley Federal de Procedimientos Administrativos.

1.2 ¿Qué autoridades están a cargo del sistema de migración corporativa en su jurisdicción?

Las autoridades que están a cargo del sistema de migración corporativa son la Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración (INM) y la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Las principales actividades de estas autoridades son las siguientes:

  • La Secretaría de Gobernación tiene la responsabilidad de formular y aplicar las políticas de migración y humanitarias, así como de monitorear las fronteras y los puntos de acceso a México por tierra, mar o aire, garantizando, en términos de la ley, la libertad de tránsito en coordinación con otras autoridades federales.
  • El INM es la única autoridad que puede otorgar autorizaciones de empleo y es responsable de la ejecución, control y supervisión de todo acto relacionado con los permisos de migración corporativa.
  • La Secretaría de Relaciones Exteriores, por medio de sus diversos consulados, brinda asistencia al INM en la recepción, trámite y otorgamiento de solicitudes de visa, de conformidad con la Ley.

1.3 ¿Su jurisdicción forma parte de algún acuerdo multilateral entre países (UE/TLCAN/MERCOSUR) que facilite el movimiento de la gente entre países con fines de empleo?

México ha firmado distintos tratados de libre comercio que facilitan el ingreso temporal de personas de negocios con el fin de llevar a cabo actividades no remuneradas en México durante un período máximo de 180 días sin requerir un permiso de trabajo para México.

La contratación de cualquier nuevo empleado extranjero debe solicitarse mediante un permiso de admisión, dado que los nuevos Lineamientos para Trámites y Procedimientos Migratorios no permiten el cambio de la condición de visitante (no se pueden otorgar permisos de trabajo como Residentes Temporales con actividades remuneradas a aquellas personas que ingresan al país como visitantes/turistas o gente de negocios, salvo en caso de que el extranjero tenga algún vínculo con un ciudadano nacional).

2. Visitantes de Negocios

2.1 ¿Pueden ingresar los visitantes de negocios a su jurisdicción bajo un programa pertinente de exención de visa?

Sí, los visitantes de negocios deberán traer consigo documentos que acrediten el motivo de su visita (carta de invitación emitida por una compañía mexicana). Este año se implementa en México la Forma Migratoria Múltiple Digital (FMMD) en la que los funcionarios de migración de México registrarán el motivo del ingreso a México. Serán entrevistados por un funcionario de migración y deberán traer consigo los documentos que acrediten el motivo de su viaje a México como visitantes de negocios que no recibirán remuneración.

De conformidad con las normas actuales de migración, existen determinadas nacionalidades que pueden ser elegibles para la categoría de visitante de negocios al mostrar su pasaporte en un puerto de entrada a México. El siguiente enlace muestra la lista de nacionalidades que no requieren una visa mexicana para ingresar a México: [Hyperlink]

Los nacionales de diversos países están exentos del requerimiento de visa bajo las siguientes circunstancias:

  • Los nacionales extranjeros que presenten un documento que demuestre su legal residencia permanente en Canadá, los Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unidos de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países que integran el Área Schengen o un país miembro de la Alianza del Pacífico ( Chile, Colombia y Perú).
  • El nacional extranjero es titular de una visa estadounidense vigente.
  • El nacional extranjero es titular de una visa APEC Tarjeta de Viaje para Personas de Negocios (ABTC) bajo el régimen de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC).

2.2 ¿Cuál es el período máximo durante el cual los visitantes de negocios pueden ingresar a su jurisdicción?

La Ley establece que un visitante de negocios está autorizado a transitar y permanecer en el país por un período fijo de 180 días, no estando autorizado a recibir ingresos en México.

2.3 ¿Qué actividades pueden realizar los visitantes de negocios?

Los extranjeros pueden ser elegibles para ingreso como visitantes de negocios si participarán en actividades de naturaleza comercial o profesional en el país que están visitando, en forma enunciativa, más no limitativa: consultas con socios de negocios; viaje con motivo de un congreso científico, educativo, profesional o de negocios o una conferencia sobre funciones específicas; el cierre de una sucesión; negociar un contrato; participar en capacitación a corto plazo; transitar a través de un país extranjero; o con la intención de permanecer en la nómina extranjera de la compañía en su país de origen.

2.4 ¿Existen categorías especiales de visitantes que permitan a los visitantes de negocios a realizar trabajo o proporcionar servicios durante un período temporal?

No, los viajeros de negocios ingresan a México con la condición migratoria de visitantes. En el caso de gente de negocios o técnicos que viajen a México durante un período de no más de 180 días con el fin de celebrar juntas de negocios o proporcionar asistencia técnica a clientes mexicanos o a su subsidiaria mexicana, en representación de su patrón extranjero, dichos individuos deberán traer con ellos documentación que les permita demostrar fehacientemente el motivo de su viaje al país, dado que el agente migratorio en el punto de entrada entrevistará al extranjero y verificará que cuente con la documentación necesaria que motive su visita al país.

2.5 ¿Pueden los visitantes de negocios recibir capacitación a corto plazo?

Sí, se permite a los visitantes de negocios la estancia en el país con el fin de recibir capacitación a corto plazo. Dado que la ley de migración vigente no contempla un período mínimo de permanencia, el extranjero podrá permanecer por un período específico de tiempo en el país. El agente migratorio mexicano autorizará el tiempo de permanencia en el sistema del INM y el visitante de negocios deberá imprimir la FMMD debidamente autorizada en el puerto de entrada a México.

3. Cumplimiento Migratorio y Trabajo Ilegal

3.1 ¿Operan las autoridades migratorias en su jurisdicción algún sistema de inspecciones de cumplimiento de los patrones que emplean a nacionales extranjeros regularmente?

Sí, el INM tiene poder absoluto para, a su discreción, inspeccionar compañías para certificar que la información proporcionada para los permisos de migración sea adecuada y que la compañía exista y se encuentre en operación.

El INM verificará que las personas extranjeras que se encuentren en el territorio nacional cumplan con las obligaciones que se establecen en las leyes. Las autoridades migratorias corroborarán los procesos correspondientes y aplicarán las sanciones, sin prejuicio a las disposiciones de otros reglamentos federales, cumpliendo, en todo momento, con el respeto a los derechos humanos.

3.2 ¿Cuáles son las normas sobre la prevención del trabajo ilegal?

La presente administración ha implementado una nueva política migratoria que se basa en dos pilares: la defensa de los derechos de los migrantes y la promoción del desarrollo económico desde un punto de vista humanitario con el fin de abordar las causas de la migración.

México ha otorgado personería jurídica a algunos extranjeros que ingresaron de forma ilegal por la frontera sur, para documentar su ingreso y facilitar su integración al mercado laboral. Lo anterior ofrece a los migrantes una mejor protección de sus derechos humanos.

Esta nueva etapa funcionará bajo las siguientes premisas: migración adecuada, ordenada y segura con relación a los derechos humanos; el regreso asistido de los migrantes con una estrategia enfocada en los derechos humanos; la coordinación con organismos internacionales y la transparencia de los esfuerzos y la lucha contra la corrupción.

3.3 ¿Cuáles son las penalizaciones para las organizaciones que sean sorprendidas dando empleo a nacionales extranjeros sin permiso de trabajo?

Las oficinas del INM impondrán penalizaciones a las organizaciones que sean sorprendidas dando empleo a nacionales extranjeros que no cuenten con el permiso migratorio adecuado, dentro de los límites estipulados para cada infracción, en función de su gravedad y del grado de responsabilidad del infractor, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • las circunstancias socioeconómicas del infractor;
  • las condiciones externas, los antecedentes del infractor y la forma en que se llevó a cabo;
  • si ha habido reincidencia en el incumplimiento de las obligaciones;
  • el monto del beneficio, ganancia, pérdida o daño derivado del incumplimiento de las obligaciones; y
  • El nivel jerárquico del infractor y su antigüedad en servicio.

4. Migración Corporativa – General

4.1 ¿Existe algún sistema para el registro de patrones que desean emplear a nacionales extranjeros?

La legislación migratoria obliga a las compañías a obtener un certificado de registro como patrón ante el INM (registro básico), requisito indispensable para solicitar un permiso de trabajo para que el personal extranjero trabaje en México.

Las compañías mexicanas que contraten personal extranjero deben estar registradas ante la Autoridad Fiscal mexicana y tendrán, así mismo, que proporcionar una copia de dicho registro ante el Registro Público de Comercio y cumplir con los requisitos establecidos en la Ley.

Se requieren los siguientes documentos:

  1. El pago de los derechos gubernamentales
  2. La lista de todos los empleados de la compañía que incluya nombre, nacionalidad y nombre del puesto en español.
  3. Una copia original del comprobante de domicilio de la compañía mexicana, que debe coincidir con su domicilio fiscal, debe ser a nombre de la compañía mexicana (el documento no debe exceder una antigüedad de 30 días a partir de su emisión).
  4. Copia del RFC y constancia de situación fiscal actual de la compañía mexicana y los pagos más recientes de las declaraciones de impuestos .
  5. Copia certificada del acta constitutiva de la compañía mexicana y una copia certificada del poder del representante legal y su RFC.

4.2 ¿Tienen los patrones que contratan a nacionales extranjeros obligaciones continuas con el fin de asegurar el cumplimiento migratorio?

Los patrones deberán actualizar en forma anual los pagos más recientes de las declaraciones de impuestos de la compañía mexicana. Se requiere que las compañías presenten los pagos de su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal anterior en el mes de marzo de cada año; esto es, durante los siguientes 30 días naturales, a efecto de mantener la vigencia de dicho registro de la compañía, con el fin de evitar retrasos en las resoluciones con respecto a los casos de migración en el INM.

Adicionalmente, en caso de que la compañía mexicana presente un cambio en el nombre del representante legal o cualquier cambio en el domicilio fiscal de la compañía, deberá actualizar la información ante el INM dentro de un plazo de 30 días.

4.3 ¿Se requiere que los patrones que contraten a nacionales extranjeros muestren compromiso para capacitar o mejorar las habilidades de los trabajadores locales?

No existen disposiciones para que los extranjeros entrenen o mejoren las habilidades de los trabajadores locales.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) indica que los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores la capacitación que les permita elevar su nivel de vida, competencia laboral y productividad.

4.4 ¿Se requiere que los patrones que contraten a nacionales extranjeros paguen cargos y derechos gubernamentales que contribuyan a la capacitación o a la mejora de las habilidades de los trabajadores locales?

No se requiere que los patrones paguen cargos y derechos gubernamentales que contribuyan a la capacitación o a la mejora de las habilidades de los trabajadores locales.

4.5 ¿Llevan a cabo las autoridades migratorias visitas rutinarias a los patrones que patrocinan a los nacionales extranjeros para verificar el cumplimiento migratorio?

Sí. El procedimiento de verificación estará sujeto a lo siguiente:

La autoridad migratoria debe emitir un acuerdo mediante el cual establezca y motive el origen de la visita de verificación.

En cualquier visita de verificación, el funcionario del INM otorgará un documento de comisión al funcionario público que sea designado para llevar a cabo el procedimiento; en dicho documento constará el objetivo del acto de verificación, el lugar en el que se realizará, el nombre de la persona a quien va dirigido, el objetivo de la visita, su alcance, las disposiciones legales que la sustentan y el nombre, firma y cargo del funcionario que autoriza dicha visita y de la persona que la llevará a cabo.

Durante la realización de la visita de verificación, la autoridad migratoria podrá requerir los documentos pertinentes para la realización del procedimiento, haciéndolo constar oficialmente.

4.6 ¿Cuentan las autoridades migratorias con una lista de los trabajos especializados que pueden ser cubiertos por los nacionales extranjeros?

No, de conformidad con la ley, cualquier solicitud de autorización de visa o condición de una estancia migratoria, siempre que el motivo de dicha solicitud sea la oferta de empleo, será regida mediante el sistema de cuotas. En casos en los que no exista una cuota definida, la autorización de la visa o la condición de permanencia con motivo de una oferta de trabajo dependerá de la existencia de dicha oferta. Estamos a la espera de la publicación oficial para la implementación de estas normas migratorias mediante un sistema de cuotas en México.

Para obtener cualquier permiso de trabajo como Residente Temporal, el puesto debe estar clasificado de conformidad con el Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones (SINCO) y se debe proporcionar una breve descripción de las actividades que se llevarán a cabo en México de acuerdo con el puesto en la compañía mexicana.

4.7 ¿Se reconoce que algunas ocupaciones puedan escasear y se aplican exenciones especiales en determinados sectores y ocupaciones?

De conformidad con la Ley, el sistema de cuotas se establecerá bajo los siguientes criterios:

  1. grupos de ocupaciones previstos en el SINCO o en el sistema que lo reemplace con el tiempo;
  2. regiones geográficas específicas;
  3. condiciones migratorias de estancia legal; o
  4. una combinación de estos criterios.

En caso de que el puesto no se encuentre regulado en el SINCO, existen puntos generales que pueden ser utilizados para clasificar el puesto.

4.8 ¿Existen cuotas anuales para diversos tipos de permisos de trabajo o visas relacionados con el empleo?

Las cuotas serán establecidas por la Secretaría de Gobernación mediante disposiciones generales administrativas que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y que serán válidas durante un año a partir de su publicación. Asimismo, podrán publicarse disposiciones administrativas en al Diario Oficial de la Federación para cubrir vacantes de difícil cobertura que deban cubrirse dentro de un período de seis meses. Nos encontramos actualmente en espera de la publicación oficial para la implementación de este nuevo sistema en México, que se encuentra regulado por la Ley.

4.9 ¿Existen restricciones con respecto al número de trabajadores extranjeros que puedan ser patrocinados por un patrón, en relación con un porcentaje máximo de trabajadores extranjeros en la fuerza laboral del patrón?

De acuerdo con el artículo 7 de la LFT, toda compañía debe emplear un 90% de trabajadores mexicanos en su fuerza laboral, como mínimo. En las categorías técnicas y profesionales, los trabajadores deben ser mexicanos, salvo que se trate de una especialidad específica, en cuyo caso el patrón podrá emplear temporalmente a trabajadores extranjeros, sin exceder al 10% de los que se encuentran dentro de dicha especialidad.

4.10 ¿Se requiere que los empleados patrocinados para trabajar en su jurisdicción demuestren dominio del idioma?

De conformidad con las normas y disposiciones migratorias vigentes, no se requiere que los empleados hablen español para el puesto para el cual sean contratados en México.

4.11 ¿Se requiere que los empleados patrocinados para trabajar en su jurisdicción se sometan a exámenes médicos antes de ser admitidos?

No se requiere que el empleado sea sometido a examen médico alguno y no hay vacunas obligatorias que el empleado deba obtener antes de ser admitido. El gobierno mexicano recomienda vacunarse contra Tétanos-difteria, Hepatitis A y Fiebre tifoidea antes de viajar a México.

Los patrones tienen la facultad de exigir cualquier examen médico para sus empleados (evitando prácticas discriminatorias).

4.12 ¿Se requiere que los empleados patrocinados para trabajar en su jurisdicción tengan un seguro médico o tienen derecho a algún servicio médico público gratuito?

Para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), las compañías, cuando es necesario contratar a uno o más trabajadores, adquieren obligaciones incluyendo, entre otras, las establecidas por la Ley del Seguro Social (LSS), dado que existe la posibilidad de sufrir algún tipo de accidente; por lo tanto, con base en el artículo 15 de la ley, se les debe otorgar seguridad social.

En el caso de que una compañía patrocinadora pague a los extranjeros, estos últimos deberán también recibir dicha seguridad social, dado que están proporcionando sus servicios en las instalaciones de la compañía mexicana y pudieran sufrir algún riesgo de trabajo.

Independientemente, y sin obligación alguna por parte del gobierno de México, los patrones podrán contratar un seguro de gastos médicos con el fin de tener acceso a hospitales privados.

4.13 ¿Permite el sistema de permisos de trabajo que los empleados que tienen permisos de trabajo sean transferidos a las instalaciones de algún cliente?

Sí, los empleados extranjeros pueden llevar a cabo únicamente las actividades expresamente autorizadas en su documento migratorio o FMMD. En caso de que el empleado extranjero visite las instalaciones del cliente, será conveniente mostrar su documento migratorio con el fin de acreditar su legal permanencia en México.

4.14 ¿Requiere el sistema de permisos de trabajo que el patrón patrocinador cuente con un espacio de oficinas físicas en el que se requiera que los empleados estén presentes físicamente?

Sí, dado que el empleado estará contratado por un patrón mexicano, se requiere que el patrón se encuentre registrado ante el INM. Con el fin de llevar a cabo dicho registro, el patrón deberá contar con evidencia de su domicilio en México, para cuyo fin requerirá un espacio físico.

No se requiere que el empleado se encuentre presente en dicho domicilio, dado que puede trabajar desde su hogar o en otro lugar; sin embargo, el patrón patrocinador tiene la obligación de acreditar su domicilio.

4.15 ¿Permite el sistema de permisos de trabajo que los empleados que tienen permisos de trabajo trabajen en forma remota, incluyendo desde su hogar?

Sí, la relación de trabajo estará regida por la ley mexicana, específicamente por la LFT, que permite el trabajo remoto (la ley define esta modalidad como teletrabajo).

El teletrabajo se incluyó en la LFT como una posibilidad para trabajar desde el hogar. Esta modalidad debe ser acordada por ambas partes, patrón y empleado, y existen varias obligaciones que deben ser cumplidas por ambos. El aspecto más importante es que el patrón deberá proporcionar las herramientas necesarias para trabajar desde el hogar y pagar los gastos correspondientes a los servicios de telecomunicaciones y electricidad.

El empleado tiene derecho a la desconexión digital, lo que significa que el empleado tiene el derecho de no contestar llamadas, mensajes o asistir a juntas fuera de su turno de trabajo o durante sus días de descanso. Asimismo, el empleado y el patrón tendrán el derecho de revocar esta modalidad en cualquier momento y regresar al trabajo en el lugar de trabajo, salvo que exista una causa de fuerza mayor que requiera que se trabaje desde casa (por ejemplo, la emergencia sanitaria debida a la pandemia de COVID-19).

5. Visas No Patrocinadas por Alta Especialización, Talento Excepcional o Extraordinario

5.1 ¿Existe alguna categoría migratoria que cubra a individuos altamente especializados (incluyendo a aquellos que no estén patrocinados por una compañía)?

El sistema de puntos para que los extranjeros adquieran la residencia permanente establecerá los criterios de selección para atraer a inversionistas extranjeros o a aquellos extranjeros con habilidades altamente especializadas en áreas tales como la ciencia, tecnología, deportes, artes y humanidades, o aquellos que fortalecerán o promoverán el desarrollo y la competitividad en el territorio nacional.

Estamos a la espera de la publicación oficial para implementar este sistema en México.

5.2 ¿Existe alguna categoría migratoria que permita a aquellas personas con un talento excepcional o extraordinario en su campo de especialización obtener una visa de trabajo?

No, tenemos tres categorías de migración. La categoría de migración más común es obtener una visa de trabajo como Residente Temporal. Favor de consultar también nuestra respuesta a la pregunta 5.1.

6. Visas de Trabajo Remoto

6.1 ¿Existe alguna categoría de visa que permita a los empleados de compañías extranjeras que continúan siendo empleados fuera de su jurisdicción que trabajen remotamente desde su jurisdicción sin la necesidad de obtener un permiso de trabajo estándar?

No existen categorías de visa o reglamentos específicos para este tipo de caso; sin embargo, dadas las disposiciones legales de México que aplican dentro del territorio mexicano, si los servicios son provistos en México las leyes mexicanas pueden ser aplicables y las autoridades mexicanas pueden tener jurisdicción sobre tales servicios, lo que podría generar el riesgo de que el empleado extranjero deba cumplir con la totalidad de las obligaciones legales derivadas de la relación de trabajo, incluyendo el pago de salarios y prestaciones, el pago de impuestos y contribuciones de seguridad social, entre otros. Este riesgo es mínimo y podría presentarse en casos en el que exista un conflicto con el empleado, como en casos de terminación de la relación de trabajo, dado que en México no existe el empleo a voluntad.

6.2 ¿En qué medida permiten explícitamente sus normas el trabajo remoto para los visitantes, por ejemplo, cuando el empleado de una compañía extranjera no puede salir de su territorio debido a emergencias de salud u otro tipo de emergencias?

No existe una regulación específica para casos como este. La autoridad migratoria mexicana ha implementado un programa para el otorgamiento de visas humanitarias para casos en los que el empleado de una compañía extranjera no pueda salir de México debido a la contingencia sanitaria más reciente, así como el otorgamiento a dichos empleados de la categoría migratoria de visitantes por razones humanitarias.

7. Permisos de Trabajo de Inversión o Establecimiento

7.1 ¿Existe alguna categoría de migración que permita que los empleados tengan la autorización para trabajar con base en la inversión en o el establecimiento de una subsidiaria o presencia corporativa en su jurisdicción?

La condición migratoria de Residente Temporal aplica a los extranjeros que pretendan permanecer en el país por un período máximo de cuatro años, recibiendo su salario en México o en el extranjero.

Estos permisos migratorios para realizar actividades lucrativas en México son otorgados por el INM.

El Consulado de México está autorizado para otorgar visas de Residente Temporal sin actividades lucrativas. La solicitud debe ser presentada por los nacionales extranjeros con base en una invitación por parte de una persona jurídica mexicana (privada o pública), la propiedad de bienes raíces de inversionistas, retiro, la conservación de la unidad familiar, cursar estudios en calidad de estudiante, o razones humanitarias. La expedición de este tipo de visa es a la total discreción del Consulado de México, de conformidad con las facultades debidamente otorgadas y previo cumplimiento de los requisitos y normas establecidos en los Lineamientos para Trámites y Procesos Migratorios.

8. Permisos Temporales de Trabajo

8.1 ¿Existe alguna categoría migratoria que permita la contratación de trabajadores temporales para intercambios, desarrollo de carrera, pasantías u otros fines no económicos?

Sí, la condición migratoria de Residente Temporal estudiante permite que los nacionales extranjeros permanezcan en México mientras duren sus estudios, pasantía o intercambio sin actividades lucrativas en México.

La visa debe ser solicitada con anterioridad a su ingreso a México en cualquier Consulado de México en el extranjero, y el nacional extranjero debe presentar la carta de invitación o de aceptación de la correspondiente institución educativa o de alguna entidad mexicana. Su condición migratoria podrá renovarse anualmente.

El INM podrá autorizar al nacional extranjero a llevar a cabo actividades lucrativas en caso de existir una carta de acuerdo de la institución educativa correspondiente y estará sujeta a una oferta de trabajo en actividades relacionadas con el tema de sus estudios.

El Residente Temporal estudiante tendrá el derecho de ingresar y salir del territorio nacional tantas veces como lo desee y tendrá, así mismo, el derecho a la conservación de la unidad familiar.

8.2 ¿Existen categorías de trabajo temporal específicas por sector que permitan a los trabajadores extranjeros llevar a cabo trabajo temporal a corto plazo?

De conformidad con el artículo 35 de la LFT, las relaciones de trabajo pueden ser por un trabajo o un lapso de tiempo específicos, una temporada o tiempo indefinido y, en su caso, podrían estar sujetas a la realización de pruebas o capacitación inicial.

9. Permisos de Trabajo por Transferencia dentro de un Grupo o Intra-Compañía

9.1 ¿Existe alguna categoría migratoria específica para transferencias Inter-compañías dentro de grupos internacionales de compañías?

No, no existe una categoría específica tal. La condición migratoria adecuada que debe ser obtenida para que el empleado sea asignado como una transferencia Inter-compañía dependerá del plazo de su transferencia a México y si permanecerá en la nómina extranjera o si será transferido a la compañía mexicana como trabajador local.

9.2 ¿Cuáles serán las condiciones que deberá cumplir una compañía u organización empleadora con el fin de calificar como parte de un grupo de compañías?

La emisión de una carta de mandato será esencial con el fin de conocer los términos de la transferencia y de esa manera determinar la condición migratoria adecuada que deberá tener el empleado.

9.3 ¿Qué condiciones deberá cumplir el empleador con el fin de obtener un permiso de trabajo para un empleado del grupo intra-compañía?

Si una empresa en el extranjero pagará al empleado, y este último llevará a cabo actividades en una compañía mexicana, dicho empleado debe obtener el estatus de Residente Temporal sin actividades remuneradas.

9.4 ¿Cuál es el procedimiento para obtener un permiso de trabajo para un empleado del grupo intra-compañía?

El empleado deberá solicitar un permiso de trabajo a las autoridades migratorias, especificando que el pago será hecho en el país. Subsecuentemente, la compañía deberá confirmar que el trabajo será pagado en México, mediante una carta firmada por el representante legal.

9.5 ¿Cuál es el proceso para que el empleado obtenga una visa bajo la categoría de transferencia de grupo intra-compañía?

El empleado debe solicitar una entrevista en el Consulado Mexicano en el país de su elección, cumpliendo con la entrega de los documentos necesarios para la emisión de su visa Mexicana ya sea como empleado de la compañía extranjera o como empleado de la compañía mexicana.

9.6 ¿Cuánto tiempo toma el proceso para obtener el permiso de trabajo y la visa inicial?

El proceso y los tiempos para obtener una visa de trabajo son los siguientes:

  • Solicitud de Permiso de Ingreso presentada ante el INM en México (cinco a diez días hábiles).
  • Presentación de la solicitud de visa en el Consulado de México (dependiendo de los recursos humanos y técnicos de cada Consulado, esto varía entre cinco y diez días hábiles, pero podría tomar más tiempo en caso de ser necesaria una cita).
  • Recoger la visa consular (uno a tres días).
  • Ingreso a México (un día).
  • Presentación de la solicitud de tarjeta de Residente Temporal en el INM. (Nota: lo anterior puede variar considerablemente, dependiendo de la ubicación en específico a la que la persona transferida llegará en México y la correspondiente oficina regional del INM).

9.7 ¿Existe un período máximo de vigencia para las visas iniciales de transferencia intra-compañía; puede ser prologando y existe un período máximo de permanencia en esta categoría?

Favor de consultar nuestra respuesta a la pregunta 9.6.

La prolongación de la vigencia de las Tarjetas de Residente Temporal puede solicitarse por uno, dos, o un máximo de tres años. Los titulares de la Tarjeta de Residente Temporal están autorizados a residir en México por un período máximo de cuatro años.

9.8 ¿Pueden los empleados que ingresan bajo la ruta de intra-compañía transferirse a la ruta de una visa de estadía permanente y solicitar la residencia permanente?

Sí, tras vivir en México durante cuatro años consecutivos bajo la condición migratoria de Residente Temporal, se puede solicitar la residencia permanente.

La solicitud debe ser presentada 30 días antes de la fecha de vencimiento de su tarjeta de Residente Temporal, y el extranjero debe encontrarse en México para presentar la solicitud ante las oficinas del INM.

9.9 ¿Cuáles son los principales derechos gubernamentales asociados a este tipo de visa?

Los pagos de derechos migratorios por trámites migratorios específicos para extranjeros con condición migratoria de residente temporal o permanente en México están regidos por la Ley Federal de Derechos (LFD).

Las siguientes son las tarifas aprobadas en moneda nacional por la LFD que fueron publicadas por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) para el pago de los derechos gubernamentales de migración (pesos mexicanos):

  • Residente Temporal – un año: $5,108.
  • Residente Temporal – dos años: $7,654.
  • Residente Temporal – tres años: $9,693.
  • Residente Temporal – cuatro años: $11,488.
  • Residente Permanente: $6,226.
  • Cambio de condición migratoria, por estudio y recepción: $1,514.
  • Tarifa Consular de EE. UU.: $51 USD

Estas tarifas se actualizan cada año el 1° de enero.

10. Permisos de Trabajo para Empleados de Nuevo Ingreso

10.1 ¿Cuál es la categoría principal de migración que se usa para patrones que desean obtener permisos de trabajo para empleados de nuevo ingreso?

La categoría principal de migración para obtener permisos de trabajo (nuevo ingreso) como empleados de una compañía mexicana es la condición de migración de Residente Temporal.

Favor de consultar nuestra respuesta a la pregunta 9.4.

Es esencial conocer el puesto y las actividades que serán llevadas a cabo en México con el fin de clasificar la posición de acuerdo con el SINCO.

10.2 ¿Existe algún requisito de estudio del mercado laboral para demostrar que no existen trabajadores residentes adecuados antes de que se pueda emitir un permiso de trabajo a los empleados de nuevo ingreso?

No, se debe cumplir con las disposiciones de migración para solicitar el permiso legal como Residente Temporal.

10.3 ¿Existen excepciones a la realización de un estudio del mercado laboral de residentes?

No, no existen disposiciones legales que pidan la realización de un estudio de mercado.

10.4 ¿Cuál es el procedimiento para obtener un permiso de trabajo para un empleado de nuevo ingreso?

La compañía que decida contratar a un extranjero deberá solicitar una visa de oferta de trabajo en el INM en México; la compañía deberá contar con una constancia de empleador vigente. Tan pronto como el permiso de trabajo se aprobado, el INM emitirá un oficio mediante el cual el extranjero deberá confirmar lo declarado por la empresa. Subsecuentemente, el extranjero deberá solicitar una cita en el Consulado de México de su elección y, en dicha cita, siempre y cuando el Consulado considere que todo se encuentra en orden, sellará la visa en su pasaporte y el extranjero tendrá seis meses para ingresar al país. Al ingresar al país, se deberá canjear una FMMD ante el INM dentro de 30 días naturales a partir de su ingreso al país. Tras presentar una solicitud completa ante las oficinas locales del INM, las oficinas del INM emitirán una Tarjeta de Residente Temporal y una Clave Única de Registro de Población (CURP), que le permitirán al empleado extranjero registrarse ante las autoridades Federales del Trabajo y Tributarias en México.

10.5 ¿Cuál es el procedimiento para obtener una visa como empleado de nuevo ingreso?

El proceso completo puede tomar de uno a tres meses hasta que el extranjero reciba su tarjeta de Residente Temporal, gracias a la automatización del sistema de citas implementado en las diferentes oficinas del INM y Consulados de México.

10.6 ¿Cuánto tiempo toma el proceso para obtener el permiso de trabajo y la visa inicial para un empleado de nuevo ingreso?

El proceso migratorio completo se divide en tres etapas diferentes: la autorización debidamente otorgada por el INM (permiso de trabajo); la emisión de la visa mexicana a ser otorgada por el Consulado de México (visa mexicana); y la emisión de la Tarjeta de Residente Temporal ante el INM de migración local.

Favor de consultar también nuestra respuesta a la pregunta 10.5.

10.7 ¿Por cuánto tiempo se otorgan las visas iniciales para empleados de nuevo ingreso y, se pueden prolongar?

Las Tarjetas de Residente Temporal serán renovables por uno, dos, o un periodo máximo de tres años. Los titulares de la Tarjeta de Residente Temporal están autorizados a residir en México por un período máximo de cuatro años.

10.8 ¿Se requiere un estudio del mercado laboral cuando el empleado prolonga su residencia?

No, se debe demostrar la permanencia de la relación laboral con la compañía mexicana para poder renovar los documentos migratorios.

10.9 ¿Pueden solicitar la residencia permanente los empleados que llegan como empleados de nuevo ingreso?

Sí, tras vivir en México durante cuatro años consecutivos bajo la condición migratoria de Residente Temporal, se puede solicitar la residencia permanente.

La solicitud debe ser presentada 30 días antes de la fecha de vencimiento de su Tarjeta de Residente Temporal, y el extranjero debe encontrarse en México para presentar la solicitud ante las del INM.

10.10 ¿Cuáles son los principales derechos gubernamentales asociados a este tipo de visa?

Favor de consultar nuestra respuesta a la pregunta 9.9.

11. Condiciones de Estancia para Titulares de Permisos de Trabajo

11.1 ¿Cuáles son las condiciones de estancia para aquellos que obtienen permisos de trabajo y son residentes bajo esta base?

Existen tres condiciones para la estancia legal bajo las condiciones de migración, a saber:

  • Visitante: con o sin permiso para realizar actividades remuneradas en el país.
  • Residente temporal: percibiendo su sueldo en México o en el extranjero. Esta categoría incluye a los estudiantes.
  • Residente permanente: aplica a extranjeros que desean permanecer en México por tiempo indefinido.

11.2 ¿Se requiere que los titulares de permisos de trabajo se registren con las autoridades municipales o con la policía tras su llegada?

Todos los trabajadores extranjeros que son titulares de una tarjeta de residente temporal o permanente reciben un número de CURP con dicho registro otorgado por la Secretaría de Gobernación. Se les puede solicitar que se registren ante el IMSS y ante la Autoridad Fiscal mexicanas. No es necesario registrarse con las autoridades municipales ni con la policía.

12. Dependientes

12.1 ¿Quién califica como dependiente de una persona que viene a trabajar en forma patrocinada?

Los extranjeros con las condiciones de residencia temporal y permanente tendrán el derecho a la conservación de la unidad familiar, de modo que podrán ingresar con o subsecuentemente solicitar el ingreso de las siguientes personas:

  • Padre o madre.
  • Cónyuge: se le considera como Residente Temporal por dos años, tras lo cual puede obtener la condición de residente permanente, siempre y cuando se mantenga el vínculo matrimonial.
  • Pareja de hecho: se le considera como Residente Temporal por dos años, tras lo cual puede obtener la condición de residente permanente, siempre y cuando se mantenga el concubinato.
  • Hijos del residente permanente o los hijos del cónyuge o pareja de hecho, siempre y cuando no se encuentren casados y estén bajo su tutela o custodia.

12.2 ¿Las parejas civiles/no casadas o parejas del mismo sexo califican como miembros de la familia?

Sí, existen dos formas de obtener un permiso de migración para un cónyuge o pareja del mismo sexo y sus familiares.

La primera es solicitar la visa mexicana directamente en el Consulado de México cuando el solicitante principal recibe su visa mexicana como Residente Temporal, como sus dependientes económicos, antes de su viaje a México.

La otra alternativa es solicitar un cambio de condición migratoria para el cónyuge o pareja de hecho, cuando éste llegue a México. Para ello será necesario el certificado de matrimonio (debidamente apostillado o legalizado).

En el caso de parejas no casadas es necesario demostrar concubinato.

Esto dependerá de la jurisdicción en la que la pareja haya tenido una residencia en común. Se recomienda que las parejas de hecho soliciten la Residencia Temporal directamente en el Consulado Mexicano con jurisdicción sobre el lugar de residencia de la pareja antes de ingresar a México, dado que los Consulados están familiarizados con las reglas y prácticas generales que han sido adoptadas generalmente por costumbre y práctica común.

12.3 ¿Tiene acceso los cónyuges y parejas al mercado laboral cuando son admitidos como dependientes?

Los cónyuges y parejas pueden tener acceso al mercado laboral tras ser admitidos como dependientes y deben solicitar un permiso de trabajo ante el INM. Se deben tomar las medidas necesarias para obtener el permiso migratorio correspondiente que autorice al cónyuge o pareja del mismo sexo a trabajar en México.

12.4 ¿Tienen los niños acceso al mercado laboral?

De conformidad con el artículo 123 de la Constitución, que deriva, así mismo, del Convenio 138 con respecto a la edad para ingresar a un trabajo, la edad permitida es de 18 años, de modo que se permite a los extranjeros a trabajar a esta edad y deberán cumplir con este requisito.

13. Residencia Permanente

13.1 ¿Cuáles son las condiciones para obtener la residencia permanente?

La condición de residente permanente será otorgada al extranjero que cumpla con cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Por razones de asilo político, reconocimiento de la condición de refugiado y protección complementaria o por la determinación de su calidad de apártida, tras cumplir con los requisitos establecidos por las disposiciones legales.
  • Por el derecho a la conservación de la unidad familiar.
  • Que sean retirados o pensionados que reciban un ingreso que les permita vivir en México de un gobierno extranjero o de organizaciones internacionales o de compañías privadas, por servicios prestados en el extranjero.
  • Por decisión del INM, de conformidad con el sistema de puntos establecido para este fin (pendiente de publicación).
  • Tras cuatro años a partir de que el extranjero haya obtenido un permiso de Residencia Temporal.
  • Por tener hijos de nacionalidad mexicana por nacimiento.
  • Por ser el ascendiente o descendiente en línea recta hasta el segundo grado de un mexicano por nacimiento.

Los residentes permanentes podrán introducir sus bienes muebles, bajo la forma y términos establecidos en la Ley Aduanera de México.

Los titulares de la condición de migración de residente permanente deberán notificar cualquier cambio con respecto a su condición migratoria dentro de un período de 90 días.

13.2 ¿Es posible cambiar de una visa de trabajo temporal a una visa de trabajo que lleve a la residencia permanente?

Los titulares de la Tarjeta de Residente Temporal están autorizados a trabajar en México sin requerimiento adicional alguno. Tienen la obligación de notificar al INM, dentro de un período de 90 días, sobre cualquier cambio con respecto a su domicilio, cambio de patrón, estado civil o nacionalidad .

14. Impedimentos para la admisión

14.1 ¿Cuáles son los principales impedimentos para la admisión por trabajo?

No existen impedimentos para la admisión establecidos por la ley o por la autoridad. Favor de consultar la respuesta a la pregunta 13.2.

Es recomendable no tener antecedentes penales, contar con un documento de migración válido y vigente, contar con las habilidades requeridas para llevar a cabo el trabajo y tener un patrón que cuente con un registro de empleador en regla ante el INM.

14.2 ¿Son las condenas penales un impedimento para obtener un permiso de trabajo o una visa?

Las condenas penales no son un impedimento para obtener un permiso de trabajo o una visa. Sin embargo, la autoridad migratoria tiene la facultad de revisar los antecedentes penales o la restricción de movilidad ordenada por los organismos de seguridad del extranjero en caso de que la persona esté catalogada por cualquier autoridad internacional como persona de interés de conformidad con los tratados internacionales. Las autoridades, a su discreción, pueden rechazar los trámites y negar el ingreso al país a un individuo con tales antecedentes.

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