4 de cada 10 trabajadores usarán el pago de utilidades para pagar deudas

Aunque la PTU es un derecho laboral en México, el 27% de los trabajadores no obtendrá este beneficio. Los que lo percibirán planean utilizarlo para pagar deudas, ahorrar o disfrutar de vacaciones.

Nota publicada el 22 de mayo de 2024 en expansion.mx sección Carrera, por Nancy Malacara, mención: Oscar De la Vega.

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¿En qué gastarán los empleados mexicanos su reparto de utilidades? La reciente encuesta “Termómetro Laboral” de OCC, llevada a cabo del 3 al 10 de mayo con la participación de 2,901 trabajadores en México, reveló que el 39% de los encuestados tiene la intención de destinar su PTU al pago de deudas, mientras que el 29% planea ahorrarlo o invertirlo. Solo un 5% tiene previsto utilizarlo para vacaciones o actividades de esparcimiento.

El reparto de utilidades, cuyo nombre oficial es Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho establecido por el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo. Este beneficio implica que los empleados reciban el 10% de las utilidades fiscales obtenidas por la empresa en el año anterior, basado en su tiempo trabajado y sueldo.

La distribución de la PTU se realiza en mayo para empresas con personalidad moral y en junio para personas físicas. Sin embargo, la legislación establece límites para esta distribución, que pueden llegar hasta tres meses de sueldo o el promedio de la PTU pagada en los últimos tres años, dependiendo de lo que sea más favorable para el trabajador.

La relevancia del PTU en la satisfacción laboral también fue abordada en la encuesta. El 54% de los encuestados considera que este beneficio mejora su satisfacción laboral, mientras que el 29% opina lo contrario.

Además, el 9% cree que el PTU aumenta la productividad, y el 8% piensa que reduce la rotación de personal. Sin embargo, aunque el PTU es un derecho laboral en México, la encuesta de OCC reveló que 27% de los trabajadores dijo que no recibiría este pago.

¿Qué empresas están exentas de pagar el PTU?

El abogado laboral Óscar de la Vega explica que las empresas exentas de pagar PTU son las de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, las dedicadas a la elaboración de un producto nuevo durante sus primeros dos años, las de la industria extractiva de nueva creación durante el periodo de exploración, y las instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes que realizan actos humanitarios sin fines de lucro, como Montepío Luz Saviñón y Nacional Monte de Piedad.

También están exentas el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia. Los trabajadores tienen derecho a recibir PTU si laboraron al menos 60 días en el año y la empresa tuvo ganancias superiores a 300,000 pesos. Los socios, accionistas, directores y administradores generales no tienen derecho a este pago.

“Las empresas están obligadas a comunicar a los empleados los resultados del año fiscal, así sus utilidades estén en cero. Aunque esta información es privada y no puede ser divulgada públicamente, todos los trabajadores tienen derecho a ver la declaración anual de la compañía”, enfatiza el abogado.

El artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo establece que la empresa debe entregar la declaración anual dentro de los 10 días siguientes a su presentación. Los anexos fiscales presentados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estarán disponibles para los trabajadores durante 30 días en las oficinas de la empresa.

“Actualmente, muchas organizaciones ponen esta información a disposición de los trabajadores a través de su intranet, donde pueden acceder con su clave personal”, añade De la Vega. La ley laboral no específica medios que las empresas pueden utilizar para dar a conocer las utilidades de la empresa. Además de la intranet, otras optan por comunicados o videos.

¿Qué puede hacer un trabajador que no recibió PTU y sí le tocaba?

Si un empleado no recibió su porcentaje de utilidades y sí le correspondía, tiene varias opciones para actuar, dice el abogado.

En caso de que haya un sindicato, los trabajadores pueden apoyarse en el artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo, que establece que la negativa del patrón a entregar la copia de la declaración puede ser causa de huelga.

Si no hay sindicato, existe una comisión mixta de PTU en cada organización. Esta comisión puede revisar la declaración anual y formular objeciones si considera que los datos son incorrectos y que no se hizo una división justa de las utilidades. La Secretaría de Hacienda debe revisar la declaración para determinar si los datos son precisos y emitir una resolución que el patrón debe cumplir.

“Los trabajadores también pueden recurrir a la Inspección del Trabajo, que se encarga de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones. La mayoría de los empleados puede solicitar a la Secretaría de Hacienda una copia de la declaración anual y pedir una revisión, pero insisto deber ser la mayoría no un empleado en individual”, concluye el abogado.

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