Aspectos fiscales, laborales y de seguridad social de los salarios y prestaciones

El curso abordó los aspectos clave en la gestión de nóminas en materia fiscal y laboral como las contribuciones locales, sueldos, prestaciones y seguridad social.

Nota publicada el 7 de mayo de 2024 en contadoresmexico.org.mx, sección Vida colegiada, por Noemí García Contreras, mención: Oscar de la Vega Gómez.

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Los salarios y prestaciones son elementos fundamentales en la relación laboral entre un empleador y un trabajador, por lo que resulta importante comprender cómo estos se ven afectados desde la perspectiva fiscal, laboral y de seguridad social, ya que esto tiene implicaciones tanto para el asalariado como para la empresa.

Ante este panorama, el Colegio presentó del 7 al 9 de mayo el curso Aspectos fiscales, laborales y de seguridad social de los salarios y prestaciones, en el que destacaron los aspectos clave en la gestión de nóminas en materia fiscal y laboral como las contribuciones locales, sueldos, prestaciones y seguridad social. Las disertaciones estuvieron a cargo de Hugo Figueroa Ángeles, Rolando Silva Briceño, Julio César Suárez Domínguez, Pablo Alejandro Limón Mestre, Jorge León Manzanilla Cañizares, Ernesto Torres García, Humberto Cruz Hernández, Plácido Aurelio del Ángel Herrera y Ernesto Torres García, integrantes de las comisiones de Contribuciones Locales, Seguridad Social y de Investigación Fiscal; así como Oscar de la Vega Gómez, socio en el despacho de la Vega & Martínez Rojas.

Hugo Figueroa Ángeles basó su intervención en los temas relevantes en materia de Impuesto Sobre nómina (ISN) en la CDMX y en el Estado de México, en el que destacó: “El ISN es la cuota de dinero que pagan los patrones a la entidad federativa, principalmente por el pago de sueldos, salarios y demás prestaciones originadas por una relación laboral, por lo general mediante la aplicación de una tasa, siendo este impuesto, una de las principales fuentes de obtención de recursos de las entidades”.

Asimismo, comentó que cada congreso tiene la autonomía de establecer sus propias reglas de carácter general para su recaudación, por medio de leyes, códigos y reglamentos. Son las autoridades, quienes promoverán el cumplimiento en materia de presentación de declaraciones, así como las correcciones a su situación fiscal mediante el envío de comunicados. Y son precisamente las cartas invitación un documento para el pago de contribuciones locales, emitidas por la autoridad fiscal, “proporcionando detalles sobre los impuestos adeudados y el periodo correspondiente”, aseveró el contador Figueroa.

En materia de seguro social e Infonavit, Rolando Silva comentó que las modificaciones en seguridad social trajeron consigo un incremento de beneficios para trabajadores, pero un encarecimiento para los patrones, aunado a una complejidad administrativa.

En lo referente a las pensiones y sistema de ahorro para el retiro, está presente la reforma 2020, pensiones justas y el Fondo de Pensiones del Bienestar. En el tema de las nuevas reglas de seguridad y salud en el trabajo, Silva Briceño mencionó la tabla de enfermedades profesionales, riesgos psicosociales, teletrabajo, ergonomía y NOM 035.

La última participación de la jornada estuvo a cargo de Julio César Suárez Domínguez, quien se enfocó en el tema de los aspectos relevantes en materia de PTU, en el que tomó como referencia la guía para cumplir con las obligaciones en materia de Reparto de Utilidades.

“Esta guía tiene el objetivo de facilitar a las empresas y trabajadores el cumplimiento de sus obligaciones relacionadas con este derecho laboral”.

El segundo día participaron Pablo Limón Mestre, Jorge León Manzanilla Cañizares y Humberto Cruz Hernández, quienes abordaron los temas de las diferencias entre el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y su relación con las cartas invitación; considerandos de los expatriados y de los avisos que las empresas deben presentar al RFC en su calidad de patrones.

Limón Mestre basó su explicación en las invitaciones que el SAT emite por diferencias entre el ISR incluido en los CFDI y lo efectivamente enterado, por lo que su punto de partida fue cuándo se debe expedir un CFDI.

“Un CFDI debe emitirse en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, esto de acuerdo con el artículo 99 de la LISR; es decir, podrán expedir CFDI antes de la erogación de los pagos o dentro del plazo señalado en función a sus trabajadores”.

Limón Mestre destacó que dichas retenciones se deben enterar quienes hagan pagos por salarios asimilados y están obligados a retener y enterar las retenciones realizadas según el artículo 99 y 96, mismas que se deben enterar a más tardar el 17 del mes inmediato posterior (CFF 6-I, artículo en el que los contribuyentes proporcionarán la información necesaria dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su causación).

Ante este panorama, el contador expuso tres casos prácticos: uno enfocado al ISR retenido versus ISR a cargo enterado; el segundo cuando el importe del subsidio acreditado contra el manifestado en el CFDI, y el tercero, cuando el ISR retenido frente al ISR enterado con empleadores con más de 3000 empleados.

Mientras tanto, el abogado Humberto Cruz basó su disertación en el marco jurídico y legal en materia de expatriados (quienes viven fuera de su país), para esto tomo como referencia los nuevos modelos de negocio, la globalización versus regionalización, digitalización de la economía, nacionalidad contra la residencia fiscal y los aspectos contractuales.

“La expatriación se entiende como aquella prestación de servicios de trabajadores mexicanos fuera del país contratados en territorio nacional; o bien, terminación de la relación de trabajo en México e inicio de una nueva relación de trabajo en otro país”.

A tal efecto, Humberto Cruz se centró en el tema de la interacción con sistemas jurídicos para cumplimento con los aspectos fiscales, el efecto en PTU pagada a residentes fiscales en el extranjero y sus respectivos marcos jurídicos.

Manzanilla Cañizares, tercer expositor de la tarde, desarrolló el tema de los avisos que las empresas deben presentar al RFC en su calidad de patrones y a diversas autoridades federales.

“De acuerdo con el CFF, artículo 27, se debe solicitar la inscripción de los contribuyentes a los que se realicen los pagos por sueldos y salarios, así como proporcionar correo electrónico y número telefónico de los mismos; además, deberán proporcionar a las personas morales en las que recae la obligación de inscribirlo en el RFC, los datos necesarios para dar el cumplimiento correspondiente, así como el correo electrónico y número telefónico”.

El tercer día, Oscar de la Vega Gómez, Plácido Aurelio del Ángel Herrera y Ernesto Torres García cerraron el evento con temas relacionados con el CFDI de nómina, reforma laboral y previsión social.

Plácido Aurelio del Ángel, primer participante del tercer día se centró en los temas más relevantes en materia de CFDI de Nómina, en el que destacó que el pago de salarios es la obligación del patrón para con sus trabajadores ante el trabajo realizado.

“Los pagos por salarios se documentan con los recibos de nómina, las facturas electrónicas o el CFDI, siendo este último el insumo primario para la fiscalización que el SAT lleva a cabo tanto a patrones como a empleados”.

Aurelio del Ángel agregó que estos CFDI de nómina permiten el cruce de información en revisiones electrónicas; se puede determinar el cálculo de los impuestos de forma automática y con ello, obtener mayor recaudación fiscal. Dada la importancia del CFDI de nómina, el contador señaló los principales cambios como el indicar el nombre completo y no sólo el RFC; el campo de forma de pago no debe existir; el código postal debe ser de acuerdo con el catálogo de códigos postales, entre otros aspectos.

Asimismo, habló de las cartas invitación y de cómo debe proceder el contribuyente. El contador cerró su intervención con una serie de recomendaciones, en las sugirió establecer una conciliación periódica entre los CFDI emitidos vigentes y cancelados contra los que tiene en su base de datos el SAT para evitar diferencias en las declaraciones prellenadas, y en su caso, cancelar en tiempo, pues como lo refirió a lo largo de su exposición, el CFDI es el principal insumo para la fiscalización digital y eso se ha reflejado en las cartas invitación.

En tanto, Oscar de la Vega Gómez abordó el panorama laboral en México, en el que retomó el tema de la subcontratación, servicios y obras especializadas; el teletrabajo y sus características; así como la reforma laboral.

Acerca de este último tema, De la Vega mencionó que los próximos cambios a la reforma laboral es el correspondiente a los aguinaldos, que se prevé un aumento del pago mínimo de aguinaldo de 15 a 30 días; así como la disminución de la jornada laboral.

“Existe una iniciativa de reforma que pretende establecer que la jornada laboral será de cinco días laborables por dos de descanso, lo que implica la disminución de la jornada diurna de 48 a 40 horas”.

En esta tesitura, el abogado se refirió a otras próximas reformas laborales relevantes como la prima de antigüedad, permiso menstrual permiso de paternidad, prima vacacional, trabajo digno para las personas con discapacidad y para las personas mayores, silla para los trabajadores, cuotas sindicales, periodo de lactancia; trabajo y plataformas digitales.

El cierre del evento estuvo a cargo del contador Ernesto Torres García, quien expuso el tema de los aspectos relevantes en materia de previsión social, cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de los empleados, misma que se encuentra en la Ley Federal del Trabajo, pero está regulada por disposiciones que se contemplan dentro de la Ley del Seguro Social, Ley del Infonavit y la Ley del ISR.

Torres García en su participación habló de la deducibilidad (generalidades, trabajos sindicalizados, seguro de vida y gastos médicos, fondo de ahorro y vales de despensa); así como de los ingresos exentos y gravados.

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