La investigación que se realizó contra Volkswagen con motivo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR), que llevó a cabo el gobierno mexicano, reveló que no hubo de denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva, como lo señaló Estados Unidos.
Aunque el caso, iniciado bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), se cerró exitosamente, la Secretaría de Economía aseguró que el mecanismo contra la planta de Volkswagen de Cuautlancingo, Puebla, arrojó tres conclusiones que no indican violación a los derechos anteriores:
- Primero. En la última elección de dirigentes y delegados sindicales, realizada en noviembre de 2023, así como en las tres elecciones anteriores, no se evidenció una pauta de comportamiento relacionada con despidos o renuncias obligatorias al término del encargo sindical de los miembros del Comité Ejecutivo ni de los delegados del Congreso del Sindicato Independiente de Trabajadores de Volkswagen (SITIAVW).
- Segundo. “No se cuenta con elementos suficientes para afirmar que la terminación de la relación laboral de los miembros de la representación sindical, objeto de la queja en el MLRR, fueran motivadas por su calidad y/o condición de representantes sindicales, por sus funciones sindicales, o por su participación en actividades sindicales”.
- Tercero. A pesar de ello, “hay elementos que indican que se trató de despidos injustificados, al no realizarse en términos de los procedimientos aplicables en materia de terminación de la relación laboral”.