Reforma para aplicar descuento de cuotas sindicales a trabajadores viola la libertad de asociación: Expertos

La controvertida reforma laboral sobre cuotas sindicales avanza en el Senado, planteando interrogantes sobre la libertad de asociación y el impacto en los trabajadores mexicanos.

Nota publicada el 25 de octubre en El Economista, sección Empresas por María del Pilar Martínez.

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La que se ha denominado Ley Napo, aprobada en el Pleno del Senado de la República para asegurar el financiamiento de las organizaciones sindicales, revive el corporativismo y es un golpe a la libertad de asociación de las personas trabajadoras, expusieron especialistas laborales.

Este martes avanzó la primera fase la iniciativa que promovió el senador Napoleón Gómez Urrutia, al aprobarse en el Senado de la República la propuesta que considera que las cuotas sindicales tienen un lugar central en la posibilidad de organizarse efectivamente como trabajadores, pues los recursos que aportan las y los afiliados se emplean en la operación administración y crecimiento de su sindicato, lo que se traduce en mayor protección y beneficios laborales.

Sin embargo, Óscar de la Vega, socio director de De la Vega & Martínez Rojas consideró que “la Ley Napo, revive el corporativismo sindical y es un duro golpe a la libertad de asociación de los trabajadores. No puede hablarse de libertad de asociación si sigue existiendo la cláusula de exclusión por ingreso, esto es que el aspirante a un empleo no pueda obtener un empleo, si no se afilia a un sindicato (art. 395 LFT) y ahora con esta iniciativa de reforma que impone la obligación de pagar cuotas a los trabajadores, aún en contra de su voluntad, ambas disposiciones son contrarias a la Libertad de Asociación del trabajador de acuerdo con el T-MEC, la reforma Constitucional y la Reforma a la LFT”.

Descuento de cuotas sindicales

La propuesta, que fue enviada a la Cámara de Diputados, elimina el segundo párrafo de la fracción VI del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo. Con ello, se podrán descontar de los salarios de los trabajadores las cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de los sindicatos.

Con el acuerdo comercial y la reforma laboral de 2019 se permitió que las personas trabajadoras pudiera solicitar a la persona empleadora que no se les realizara el descuento de la cuota sindical; ello, según el dictamen aprobado en el Senado “ocasionó un aumento en el número de personas sin afiliación, lo que trajo como consecuencia una vulnerabilidad hacia los empleados y provocó que sus derechos laborales fueran violentados”.

Germán de la Garza de Vecci, socio Director Fisher & Phillips, expuso que “esta propuesta, que no debe avanzar en la Cámara de Diputados, atenta contra los derechos de asociación y libertad sindical que cada persona tiene en términos de los propios tratados internacionales en los cuales México es parte en la OIT. Por ello, no debería existir ninguna obligación por parte de alguna persona hacer el pago de una cuota sindical que no representa propiamente sus intereses”.

De la Garza añadió que “al tratarse de un momento político electoral muy sensible que estamos viviendo en el país, esta circunstancia implica sólo un beneficio para los representantes sindicales que tienen una cercanía con la actual administración es un tema delicado”.

A su vez, Jaime Bustamante, representante en DeForest Abogados, dijo que “llama mucho la atención, que esta prohibición de hacer descuentos a los trabajadores por este concepto, apenas había quedado establecida en la muy reciente reforma de 2019. Reforma que resultaba consistente con las visiones progresistas dominantes en nuestro país, así como acorde con los principios de Libertad Sindical o Libertad de Asociación de los trabajadores, que están consagradas en los convenios 87, 98 de la OIT, así como en los principios que han sido fuertemente impulsados por nuestros socios comerciales”.

“Tachadura y enmendadura” a la Reforma Laboral de 2019

Explicó que pareciera —anticipando a los hechos—, que esta nueva “tachadura y enmendadura” a la Ley Federal del Trabajo, obedece más a dar atención a las peticiones de los grupos sindicales nacionales alineados, pero “pudiera estar en contra del derecho humano o la libertad de asociarse o no asociarse a un sindicato, en contra de Convenios internacionales de la OIT o de la propia Carta Magna”.

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